lunes, 3 de agosto de 2015

EN BUENOS AIRES, LOS EXTRANJEROS VOTAN

felipe

La dirección General Electoral de la Provincia de Buenos Aires, conjuntamente con el Programa para la promoción y el fortalecimiento de los derechos de los migrantes refugiados y apátridas, a través de diferentes medios dio a conocer los derechos de los extranjeros en las elecciones 2015.
¿Cuáles son mis derechos?
Si tengo más de 18 años, leo y escribo en castellano, tengo 2 años o más de residencia legal en la Provincia, tengo derecho a elegir Gobernador y vice, Legisladores provinciales, Intendente, Concejales y Consejeros escolares.
¿Cuáles  son mis obligaciones?
Si reúno las condiciones para elegir autoridades en la Provincia, tengo que participar con mi voto en las elecciones primarias y simultáneas, para elegir candidatos a cargos provinciales y municipales. Y también en las elecciones generales. Ley 14086
¿Qué ocurre si no voy a votar?
Tengo que justificar el motivo en la Junta electoral. Si estoy a más de 500 kilómetros del lugar de votación, debo solicitar un comprobante en la Comisaría de la localidad en la que me encuentro. Luego presentar ese certificado en la Junta Electoral, con el documento de identidad.
La no emisión del sufragio sin justificativo alguno, constituye una falta electoral. Eso incluye no sólo el pago de multas respectivas, sino también la imposibilidad de realizar trámites administrativos que requieran comprobante del voto.
¿Cuándo son las elecciones? 9 de Agosto y 25 de Octubre 2015
¿Cuáles son los requisitos? Tener D.N.I., ser mayor de 18 años y figurar en el padrón electoral de extranjeros
¿Qué podes elegir? Gobernador y Vice, Legisladores Provinciales, Intendentes, Concejales y Consejeros Escolares.
VOTAR ES TU DERECHO Y TU OBLIGACIÓN INFÓRMATE, PARTICIPA Y VOTA. DEFENDE TUS DERECHOS Y LOS DE TODA TU FAMILIA.
Consulta el Padrón Electoral de Extranjeros en  www.juntaelectoral.gba.gov.ar



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